Baton Rouge Abogado de Accidentes de Autocaravanas y Remolques

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Baton Rouge RV y Remolque Abogado Accidente

Información Qué hacer

Al igual que los camiones de 18 ruedas y otros vehículos comerciales, los vehículos recreativos (RV) y los vehículos con remolque crean un enorme riesgo para los conductores. Debido a su tamaño y peso, los accidentes de vehículos recreativos y vehículos con remolque suelen provocar lesiones graves o la muerte por negligencia de los implicados. Si ha sufrido heridas graves o ha perdido a un ser querido en un accidente de autocaravana o vehículo con remolque, busque atención médica inmediatamente. A continuación, llame a un equipo de abogados de lesiones personales.

En Bufete MurphyEn Louisiana, representamos a clientes lesionados y a las familias de los fallecidos en accidentes de vehículos recreativos y remolques. Durante casi 150 años combinados, nuestros abogados de accidentes de remolque Baton Rouge han estado ofreciendo representación legal de alta calidad respaldada por un compromiso con los servicios de litigio agresivos adaptados personalmente a las necesidades individuales de cada cliente. Nos ocupamos de todo tipo de colisiones de vehículos recreativos, incluidos los que implican un accidente de tráfico o incidentes como accidentes de ciclistas.

Trabajar con el agente de la compañía de seguros

No sea víctima dos veces. Es casi seguro que la compañía de seguros intentará minimizar o negar los costes totales de sus lesiones. Puede confiar en nuestros abogados de accidentes de remolque para luchar por lo que se merece. Tenemos experiencia manejando compañías de seguros y defenderemos su derecho a una compensación completa y justa. Tenemos una gran experiencia en el manejo de accidentes de vehículos recreativos y remolques que incluyen:

Nuestros abogados de accidentes de remolque y RV pueden ayudar

Similar a un accidente de camiónLas consecuencias de una colisión de un remolque o un vehículo recreativo pueden ser devastadoras. Estos incidentes suelen provocar daños importantes, como:

  • Lesiones físicas graves (por ejemplo, fracturas óseas y lesiones cerebrales traumáticas)
  • Trauma emocional (por ejemplo, trastorno de estrés postraumático y ansiedad)
  • Daños materiales (por ejemplo, vehículos siniestrados y efectos personales dañados)
  • Pérdida de ingresos (por ejemplo, incapacidad para trabajar debido a lesiones o pérdida de empleo).
  • Gastos médicos (por ejemplo, facturas de hospital, intervenciones quirúrgicas y cuidados de larga duración)
  • Dolor y sufrimiento (por ejemplo, malestar físico continuo, angustia emocional)

Póngase en contacto con nosotros, y un accidente de RV con experiencia o accidente de coche abogado de nuestro equipo le guiará a lo largo del proceso y protegerá sus derechos. Te ayudaremos a conseguir la indemnización que necesitas para recuperarte y rehacer tu vida. Póngase en contacto con nosotros para concertar una consulta gratuita.

Louisiana leyes de accidentes de autocaravanas y remolques

Louisiana Regla "No paga, no juega
Estatuto de culpa comparativa - Artículo 2323

A. En cualquier acción por daños y perjuicios en la que una persona sufra lesiones, muerte o pérdida, se determinará el grado o porcentaje de culpa de todas las personas que causen o contribuyan a la lesión, muerte o pérdida, independientemente de si la persona es parte en la acción o no, y con independencia de la insolvencia de la persona, su capacidad de pago, su inmunidad por ley, incluidas pero no limitadas a las disposiciones de R.S. 23:1032, o de que la identidad de la otra persona no sea conocida o razonablemente determinable. Si una persona sufre una lesión, muerte o pérdida como resultado en parte de su propia negligencia y en parte como resultado de la culpa de otra persona o personas, la cuantía de los daños recuperables se reducirá en proporción al grado o porcentaje de negligencia atribuible a la persona que sufre la lesión, muerte o pérdida.

B. Las disposiciones del apartado A se aplicarán a cualquier reclamación de indemnización por daños y perjuicios por lesión, fallecimiento o pérdida que se haga valer en virtud de cualquier ley o doctrina jurídica o teoría de la responsabilidad, independientemente del fundamento de la responsabilidad.

C. No obstante lo dispuesto en los apartados A y B, si una persona sufre lesiones, muerte o pérdida como resultado en parte de su propia negligencia y en parte de la culpa de un autor doloso, no se reducirá su reclamación de indemnización por daños y perjuicios.

Modificado por las Leyes de 1979, Núm. 431, §1; 1996, 1a Ex. Sess., No. 3, §1, eff. 16 de abril de 1996.
fuente

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